El concejal Rodrigo Correa ingresó formalmente la solicitud para abrir el procedimiento de destitución y conformar una Comisión Investigadora en el Concejo Deliberante. La iniciativa se fundamenta en las causas penales radicadas en los Tribunales locales.

RÍO SEGUNDO – El escenario político y parlamentario de la ciudad sumó un hecho de fuerte impacto institucional tras la presentación de un proyecto de resolución en el Concejo Deliberante que solicita formalmente el inicio del procedimiento de Juicio Político contra el intendente municipal, Lic. Darío José Chesta.  

El expediente ingresó por Mesa de Entradas este miércoles 14 de octubre con la firma del concejal Rodrigo Correa (bloque UCR – Juntos por el Cambio). Al haber quedado formalizado a mitad de semana, tomará estado deliberativo directo en el plenario ordinario del próximo lunes.  

Los alcances del pedido opositor

La presentación de Correa invoca los artículos 30 (inciso 16) y 108 de la Ley Orgánica Municipal N.º 8102. En sus fundamentos, el edil de la minoría argumenta la existencia de actuaciones judiciales radicadas en la Fiscalía de Instrucción durante 2025 y 2026 respecto de la administración comunal, dificultades financieras en el cumplimiento con proveedores y reclamos vinculados a la remisión de informes solicitados por el cuerpo deliberativo.  

A partir de esos puntos, el articulado propone conformar una Comisión Investigadora integrada por tres concejales —uno por cada bloque con representación parlamentaria— y correr traslado formal de las actuaciones al titular del Ejecutivo para asegurar su derecho de defensa en el marco del procedimiento.  

Qué debe pasar legalmente para que el Juicio Político prospere

Pese al golpe de efecto que representa la sola presentación del escrito en Mesa de Entradas, el ordenamiento jurídico provincial establece un procedimiento reglado con exigencias muy estrictas para evitar la desestabilización arbitraria de las autoridades electas:  

1. La admisibilidad y el número de votos: La Ley N.º 8102 no habilita un avance unilateral ni automático. Para declarar admisible la acusación y habilitar la conformación formal de la Comisión Investigadora, el cuerpo debe someter el proyecto a votación y alcanzar una mayoría calificada agravada de dos tercios (2/3) del total de los miembros del Concejo.  

2. El escenario del recinto: En la actual composición de bancas, la oposición no cuenta por sí sola con los votos requeridos para abrir el juicio por cuenta propia. Para que el trámite supere la instancia inicial el próximo lunes, se requeriría de manera indispensable el voto favorable y la confluencia de sectores del oficialismo, un movimiento que forzaría definiciones en el bloque mayoritario.

3. El trámite de defensa e investigación: Si la comisión lograra los votos para constituirse, la ley prevé un plazo reglamentario donde el intendente tiene la facultad constitucional de ejercer su descargo, aportar pruebas y refutar cada imputación.  

4. La instancia de juzgamiento: Solo con posterioridad a un dictamen acusatorio de comisión —y tras una nueva votación con mayoría especial de dos tercios— el Concejo Deliberante podría pronunciarse sobre la suspensión preventiva o eventual destitución.

Un plenario de definiciones

La incorporación del expediente en la agenda parlamentaria del lunes sitúa el debate en el centro de las negociaciones políticas locales. Mientras se aguarda la postura que adoptará la bancada oficialista frente al planteo de Correa, la sesión se perfila como un test decisivo para medir la solidez de los acuerdos en el recinto y la correlación de fuerzas de cara al cierre del año legislativo.